9.
GARANTIAS DEL VENDEDOR: (1) El Vendedor
garantiza que todos los materiales
y servicios cubiertos por esta
orden de compra son (a) comerciables,
(b) aptos y suficientes para
el propósito particular
prometido, (c) libre de todo
defecto de diseño, mano de obra,
y material, y (d) en estricta
conformidad con las especificaciones,
muestras, dibujos, diseños u
otras descripciones sobre las
cuales esta orden está basada.
El Vendedor garantiza además
que todos los servicios deben
ser prestados de buena y esmerada
manera por personal especializado;
(2) si, en cualquier momento
previo a un (1) año de la fecha
de entrega de materiales o cumplimiento
sustancial de los servicios,
pareciera que los materiales
o servicios o alguna parte de
estos no cumple con las garantías
en la sub-sección (1)
arriba, y el Comprador así lo
notifica al Vendedor, el Vendedor
deberá corregir prontamente
dicha disconformidad para satisfacción
del Comprador. Si cualquiera
de los bienes que no cumplieran
con las especificaciones son
mezclados con material en el
depósito o equipo de transporte
del Comprador o del transportista,
el Vendedor debe, sin cargo para
el Comprador, (a) remover y reemplazar
todo el material afectado, (b)
limpiar, reparar, o reemplazar,
como sea requerido por el Comprador,
cualquier equipo del Comprador
o del transportista dañado por
dichos materiales. Si el Vendedor
falla en resolver dicha disconformidad
rápidamente, el Comprador
debe tener la opción de
hacerlo a cuenta del Vendedor.
Cualquier pago hecho por el Comprador
conforme a la presente no releva
al Vendedor de su responsabilidad
bajo esta garantía; y
(3) el Vendedor garantiza que
posee un titulo válido
y negociable de los materiales
y servicios a proveer, y que
ni el suplemento de los materiales
al Comprador, la provision de
ninguno de los servicios al Comprador,
ni el uso de esos materiales
o servicios por el Comprador,
sus oficiales, directores, agentes,
representantes, parientes, subsidiarios,
sucesores y asignados debe constituir
infracción de ninguna
patente, invención, marca
registrada, derechos de autor,
o interés propietario
similar perteneciente a cualquier
tercero, y el Vendedor debe indemnizar
al Comprador, sus oficiales,
directores, agentes, representantes,
parientes, subsidiarios, sucesores
y asignados y debe liberar al
Comprador, sus oficiales, directores,
agentes, representantes, parientes,
subsidiarios, sucesores y asignados
inocentes de y en contra de todas
y cualquier acción, reclamos,
demandas, pérdidas, daños,
costos y expensas (incluyendo
gastos legales) de los cuales
el Comprador, sus oficiales,
directores, agentes, representantes,
parientes, subsidiarios, sucesores
y asignados esté expuesto
por razón de cualquiera
de dichas infracciones. Si al
Comprador, sus oficiales, directores,
agentes, representantes, parientes,
subsidiarios, sucesores y asignados
no se le permite el uso de dichos
materiales o servicios como resultado
de dicha infracción, el
Vendedor accede a reembolsar
el precio total de la orden con
respecto a dichos materiales
o servicios sin perjuicio de
los derechos del Comprador de
reclamar daños por parte del
Vendedor. Estas garantías
deben subsistir aceptación
y pago y deben alcanzar al Comprador,
sus sucesores, asignados, clientes
y el usuario de los productos
ordenados aqui y no deben ser
consideradas exclusivas.
10.
INDEMNIZACIÓN: El
Vendedor consiente en proteger,
defender, indemnizar y salvar
al Comprador, sus oficiales,
directores, agentes, representantes,
empleados, afiliados, parientes,
subsidiarios, sucesores y asignados
ilesos de y en contra de cualquier
o todo reclamo, pérdidas
(incluidas las pérdidas
de ganancia), daños (incluyendo
la interrupción del negocio),
juicios, costos, o expensas (incluyendo
honorarios de abogado razonables)
resultado de o relacionado a,
directa o indirectamente, cualquier
perjuicio real o supuesto (incluyendo
muerte) de cualquier persona
o daño a cualquier propiedad,
o cualquier otro daño o pérdida,
por quien lo haya sufrido, resultando
de o relacionandose con cualquier
quebrantamiento real o supuesto
de cualquiera de las obligaciones
del Vendedor conforme a la presente,
u otros actos (incluyendo actos
de omisión) del Vendedor,
sus oficiales, agentes, empleados
o subcontratistas. Esta indemnización
debe subsistir entrega y aceptación
de los materiales o servicios
y debe aplicar sin reparo de
si el reclamo, daño, responsabilidad
o gasto está basado en
incumplimiento de contrato, incumplimiento
de garantía, negligencia,
estricta responsabilidad, u otro
agravio. El Comprador puede compensar
cualquier importe adeudado a él
por el Vendedor contra cualquier
suma pagadera aqui por el Comprador
al Vendedor.
11.
TÍTULO: Todos los
materiales, y cualquier invención
(sea o no patentable), trabajos
de autor, secretos comerciales,
ideas, conceptos, nombres de
fábrica y marcas o servicios
registrados (“Invenciones” colectivamente)
creados o preparados para el
Comprador, deben pertenecer exclusivamente
al Comprador, el Vendedor por
este medio asigna todas Invenciones
al Comprador y sus asignados,
excepto por cualquier trabajo
por contratación el cual
no requiere traspaso que adjudique
propiedad al Comprador. Dado
que los derechos de autor existen
en cualquier trabajo de profesion
de autor, dichos trabajos deben
ser considerados en todo el alcance
legalmente permitido, ser trabajos
hechos por contrato como ese
término está empleado
en el Acto de Derechos de Autor
de 1976. El Comprador debe tener
el derecho, por opción
y a cargo del Comprador, de buscar
protección obteniendo
patentes, registración
de derechos de autor, registración
de marcas registradas, y/u otras
recordaciones, registraciones,
y archivos relacionados con derechos
de propiedad o propiedad intellectual.
El Vendedor consiente en ejecutar
sin cargo, y hacer a sus empleados
que ejecuten dichos documentos
incluyendo nuevos encargos, aplicaciones,
y traspasos, y suplementar información
a pedido del Comprador, en orden
de permitir al Comprador proteger,
perfeccionar, registrar, asentar
y mantener sus derechos en las
Invenciones y propiedad efectiva
de ellos a través del
mundo.
12.
CONFIDENCIALIDAD: El Vendedor
no debe revelar ninguna información
confidencial del Comprador a
ningún tercero excepto
por lo requerido para ejecutar
sus obligaciones aqui estipuladas.
Los términos y la existencia
de esta orden de compra y todo
lo provisto en conección
con el Comprador debe ser mantenido
en forma confidencial por el
Vendedor. El Vendedor no debe
anunciar públicamente
o revelar esta orden de compra
o su contenido sin previo consentimiento
por escrito del Comprador. El
Vendedor no debe usar el nombre
del Comprador en ninguna forma,
incluyendo sin limitaciones,
un listado general o modelo de
los clientes del Vendedor, sin
previo consenso por escrito del
Comprador. Cualquier violación
a este párrafo debe ser
considerado incumplimiento substancial.
13.
CANCELACIÓN: El Comprador
se reserva el derecho de cancelar
esta orden en su totalidad o
en parte con respecto al material
o servicios cubiertos por esta
orden de compra y no embarcados
o rendidos previos a dicha cancelación,
sin incurrir en deuda, a través
de una notificación por
escrito al Vendedor, antes de
dicho embarque o servicio, a
menos que los materiales fueran
fabricados específicamente
para el Comprador. En este último
caso, dado que el Vendedor no
está de otra manera en
falta conforme a la presente,
el Comprador debe reembolsar
al Vendedor los costos directos
incurridos por el Vendedor para
cumplir con las obligaciones
de la presente hasta el día
de su cancelación. El
Vendedor debe, a menos que sea
instruído de lo contrario,
cesar el trabajo y seguir las
directivas del Comprador con
respecto a la eliminación
del trabajo en marcha y los bienes
terminados. LO ANTEDICHO DECLARA
ENTERA RESPONSABILIDAD DEL COMPRADOR
POR TERMINACIÓN. El Comprador
podría también,
sin perjuicio de sus derechos
y recursos, cancelar esta orden
de compra si (a) el Vendedor
se vuelve insolvente o en bancarota,
(b) el Vendedor cesa de conducir
su negocio en el curso usual,
(c) un fiduciario, gerente o
liquidador es designado respecto
a todo o parte de los bienes
o negocios del Vendedor, ó (d)
el Vendedor falta a sus obligaciones
conforme a la presente.
14. ACATAMIENTO
LEGAL: El Vendedor
garantiza que todos los bienes
y servicios deberán cumplir
con toda la legislación
aplicable, incluyendo sin limitación,
legislación Federal, Provincial,
Territorial, Estatal o Local
de salud y seguridad ocupacional
y ambiental.
15. FUERZA
MAYOR: Ni el Comprador
ni el Vendedor debe ser responsible
por dejar de ejecutar esta orden
de compra en el evento de fuerza
mayor, dado que la parte invocando
fuerza mayor notifique a la otra
parte por escrito dentro de los
diez (10) días de haber
tomado conocimiento del evento
de fuerza mayor. El Comprador
no debe ser obligado a comprar
los materiales o servicios o
a aceptar entrega tardía
si el Vendedor no puede hacer
entrega o cumplimiento al vencimiento
programado, por un evento de
fuerza mayor.
16. ACATAMIENTO
DEL CONTRATISTA FEDERAL DE
US: Completando ó aceptando
esta orden, el Vendedor representa
que ha cumplido con Orden Ejecutiva
11246, 41 C.F.R. 60-14, 41 C.F.R.
60-250 and 41 C.F.R. 60-741.4.
17. GENERAL: El Vendedor cumplirá con
toda la legislación aplicable,
incorporándose por referencia
en este acto todas las disposiciones
por ella requeridas a ser incluidas
en el presente. Ni el Comprador
ni el Vendedor podrán
ceder ningún derecho ni
obligación bajo el presente
a ningún tercero sin el
previo consentimiento por escrito
de la otra parte. El hecho de
que cualquiera de los términos
y condiciones del presente se
consideren nulos e inválidos
no tendrá el efecto de
convertir en nulo o inválido
a ninguno de los demás
términos y condiciones
del presente. La renuncia por
parte del Comprador a cualquiera
de los términos y condiciones
del presente no implicará una
renuncia de los demás
términos y condiciones.
El contrato que surja de la aceptación
del presente para todas las entregas
a instalaciones ubicadas en los
Estados Unidos de Norte América
se regirá por las leyes
vigentes en el Estado de La Florida
y se interpretará de acuerdo
con las mismas, independientemente
de las normas sobre conflictos
de leyes o elección de
leyes. Cuando las entregas sean
a los Estados Unidos de Norte
América, el Vendedor se
someterá a la jurisdicción
de los tribunales del Estado
de La Florida en caso de cualquier
procedimiento legal respecto
de este contrato. El contrato
que surja de la aceptación
del presente para todas las entregas
a instalaciones ubicadas en Canadá se
regirá por las leyes vigentes
en la provincia de Notario y
se interpretará de acuerdo
con las mismas, independientemente
de las normas sobre conflictos
de leyes o elección de
leyes. Cuando las entregas sean
a Canadá, el Vendedor
se someterá a la jurisdicción
de los tribunales de la Provincia
de Ontario en caso de cualquier
procedimiento legal respecto
de este contrato. |